PROCEDIMIENTO
PARA EL PAGO DE IMPUESTOS A NIVEL LOCAL Y NACIONAL.
Organismos
públicos que participan
En Venezuela se reproduce la organización institucional
de la administración tributaria en tres niveles de poder; así pues, en relación
a las funciones sucede lo mismo. La administración tributaria venezolana posee
una serie de funciones que son altamente reconocidas por la doctrina jurídica,
entre las cuales es importante mencionar la asistencia ciudadana, la que
adquiere cada vez más relevancia en el mundo moderno.
Esta función forma parte de la visión de las
administraciones tributarias modernas mundiales, donde el cumplimiento
voluntario y la concepción del contribuyente como cliente, juegan un papel
relevante a la hora de ejercer sus funciones. Cuando se habla de cumplimento
voluntario, varios autores e instituciones como Casado (2001), Gordo (2002),
Robles (2002) Méndez (2004), la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Española (2001), el CIAT (2001) y el SENIAT (2006) lo asocian a factores intervinientes
como la falta de cultura tributaria, lo que significa que en la sociedad no se
ha desarrollado el sentido de cooperación de los individuos con el estado en
cualesquiera de sus manifestaciones.
Igualmente, cuando se trata lo concerniente a la
concepción del contribuyente como cliente se asocia a la falta de cumplimiento
de las expectativas de los mismos en cuanto a la prestación de servicios
dirigidos, personalizados y de calidad por parte de los organismos tributarios.
Administración
Tributaria Nacional: constituye un órgano de ejecución de la República con
competencias tanto en el área de rentas internas como en el campo aduanero. Se
identifica con el nombre “Servicio Nacional Integrado de Administración
Aduanera y Tributaria (SENIAT)”, es un organismo autónomo sin personalidad
jurídica con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio
Popular para las Finanzas (MF). De acuerdo a la normativa legal, le corresponde
la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como el
ejercicio, gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución
integrada de las políticas aduaneras y tributarias fijadas por el Ejecutivo
Nacional. Opera en todo el país a través de las Gerencias Regionales de
Tributos Internos, distribuidas de acuerdo a las regiones administrativas en
las cuales se divide el país.
En cuanto a los ramos tributarios que administra en
materia aduanera están los gravámenes a la importación de bienes y servicios y
en relación a los tributos internos están el impuesto sobre la renta (ISLR); el
impuesto al valor agregado (IVA); el impuesto sobre hidrocarburos y minas; el
impuesto sobre cigarrillos y manufacturas del tabaco; el impuesto sobre
sucesiones, donaciones y demás ramos conexos; el impuesto de bingos y casinos y
el impuesto de renta nacional de fósforos. Los ingresos que se recaudan por
medio de estos ramos tributarios, son invertidos en los programas que impulsa
el Ejecutivo Nacional para promover e impulsar el desarrollo económico y social
de la nación.
Administración Tributaria Estadal: al igual que la de la
República, la administración tributaria estadal corresponde a un organismo
autónomo, sin personalidad jurídica creada para administrar y recaudar los
ramos tributarios que le son propios a los estados. Opera en cada uno de los
estados (23 estados) que conforman la nación y en el Distrito Metropolitano de
Caracas (1 Distrito Metropolitano) y está adscrita a las distintas
gobernaciones. Se le denomina según la identificación que le otorga el Gobierno
Estadal al cual representa, lo que quiere decir que tiene nombres diferentes
para cada uno de los estados e inclusive para el Distrito Metropolitano.
En cuanto a los ramos tributos propios que administra,
son los que disponen las leyes nacionales y estadales, tales como los
provenientes de la venta de especies fiscales (papel sellado, timbres y
estampillas), así como las tasas provenientes de los peajes. El producto de lo
recaudado por estos conceptos es invertidos por el Ejecutivo Estadal (gobernador)
en programas de desarrollo económico y social del estado del cual se trate.
Administración Tributaria Municipal: al igual que las
anteriores, la administración tributaria municipal corresponde a un organismo
autónomo descentralizado, sin personalidad jurídica, creado con la finalidad de
asegurar la eficiencia, liquidación y recaudación de los tributos municipales.
Opera en los distintos municipios existentes en el país (335 municipios) y está
adscrita a las distintas alcaldías. Se le denomina según la identificación que
le otorga el Gobierno Municipal al cual representa, lo que quiere decir que es
diferente para cada alcaldía.
En relación a los tributos que resguarda se encuentran la
tasa por el uso de sus bienes o servicios; la tasa administrativa por licencias
o autorizaciones; el impuesto sobre actividades económicas de industria,
comercio, servicios, o de índole similar; el impuesto sobre inmuebles urbanos;
el impuesto sobre vehículos, el impuesto sobre espectáculos públicos; el
impuesto sobre juegos y apuestas lícitas; el impuesto sobre propaganda y
publicidad comercial; el impuesto sobre alcohol y especies alcohólicas; el
impuesto territorial rural o sobre predios rurales y la contribución especial
sobre plusvalías de las propiedades generadas por cambios de uso o de
intensidad de aprovechamiento con que se vean favorecidas por los planes de
ordenación urbanística.
Los recursos económicos que se obtienen por estos ramos
tributarios, son invertidos por el Ejecutivo Municipal (alcalde) en planes de
desarrollo económico y social correspondiente al municipio al cual pertenezca.
A través de dichos planes, el SENIAT proporciona a la
nación los recursos necesarios por vía de la recaudación de rentas de origen no
petroleros y establece nuevos lineamientos y estrategias, que permiten,
mediante la función de fiscalización y verificación, cumplir con el objetivo
propuesto de tener presencia fiscal a nivel nacional, para verificar el
cumplimiento de los deberes formales, fomentar el riesgo subjetivo, realizar
operativos especiales de divulgación, consolidar una cultura tributaria de
calidad en el país y reestructurar la función pública. Estos planes según lo
expresado por el ex-Superintendente Nacional del SENIAT Vielma (2007) se
elaboran y ejecutan para lograr un acercamiento con el contribuyente.
Como contraparte a esta situación, las administraciones
tributarias municipales venezolanas, presentan ciertas debilidades en cuanto a
recaudación tributaria, modernización tributaria y concepción del contribuyente
como cliente, ya que se evidencian aspectos como la conformación de una cultura
no contributiva, fallas en la administración del recaudo por tener estructuras
administrativas arcaicas e ineficientes, inexistencia de penalidades fiscales,
obsolescencia de las ordenanzas tributarias y ausencia de conciencia tributaria
entre los ciudadanos y entre los propios agentes del gobierno local. Estos
aspectos provocan la dependencia económica de los municipios venezolanos, de
los recursos transferidos del poder nacional, su bajo desempeño fiscal y
debilidad institucional para liderizar procesos de desarrollo con alto nivel de
endogeneidad.
La aplicación de los planes tributarios nacionales por
parte del SENIAT ha hecho posible aumentar la recaudación tributaria en términos
reales, disminuir el incumplimiento tributario, combatir la corrupción, mejorar
la infraestructura, adecuar la plataforma tecnológica para la atención de los
contribuyentes, actualizar el marco legal, entre otros.
Se ha logrado ir transformando la visión de los
contribuyentes, convirtiéndolos cada vez más en aliados y socios del ente
recaudador nacional. Las acciones implementadas se convirtieron en una
herramienta estratégica de inteligencia fiscal en la detección de actividades
ilícitas que conspiraban contra los planes económicos y financieros diseñados
por el ejecutivo nacional para favorecer a las clases sociales más
desprotegidas del país, e impulsar el modelo de desarrollo al que se aspira.
Todo ello apunta a que el aumento de la recaudación tributaria
se debe, en buena medida, al pago voluntario de las obligaciones tributarias
por parte de los contribuyentes. Al respecto Venezuela (2007) enfatiza que el
pago voluntario de los impuestos a cargo del SENIAT ha arrojado excelentes
resultados de manera inmediata, asimismo, recalcó que cerca del 90% de los
contribuyentes para finales del año 2007 efectuaron sus pagos tributarios
voluntariamente, sin embargo, Vielma (2007) expreso que el SENIAT espera
incrementar esa marca y alcanzar el nivel máximo de 100% de cumplimiento
voluntario, a través de mucha educación y divulgación a los contribuyentes.
En este sentido, dichos planes han sido reconocidos, no
solo en la nación bolivariana donde el SENIAT y el Ministerio de Educación,
Cultura y Deportes firmaron un Convenio de Cooperación Interinstitucional para
establecer, de manera obligatoria el componente de la cultura tributaria dentro
del circulo de formación educativa, si no también que ha traspasado fronteras
al ser reconocido públicamente por los delegados y autoridades del CIAT en la
38ª Asamblea General celebrada en Cochabamba- Bolivia (2004), como un plan de
alta eficiencia, y productiva gestión en la lucha contra la evasión y elusión
fiscal.
En cuanto a los ingresos tributarios municipales se
demuestra, sin lugar a dudas, lo débil de la recaudación tributaria local. Los
ingresos de mayor fuente son los provenientes del impuesto sobre actividades
económicas de industria, comercio y servicios y demás ramos conexos, a pesar de
la desactualización del catastro urbano y del registro de contribuyentes
comerciales, que conlleva a que los pagos del impuesto sólo lo realicen los
grandes comercios o los que tienen cierta antigüedad. En cuanto al impuesto de
inmuebles urbanos, este solo es cobrado cuando se realizan transacciones de
compraventa o traspasos de inmuebles. En definitiva, se puede concluir que se
tiene un potencial recaudatorio no aprovechado, lo que en la práctica significa
la necesidad de que también a nivel municipal se establezcan planes similares a
los aplicados por el SENIAT a nivel nacional. .
Se impone de esta manera la necesidad de diseñar
políticas economías municipales que coloquen al ciudadano como centro de
solución a los problemas antes mencionados y otros de naturaleza similar,
puesto que como señala Boada (2006) “la
clave del fortalecimiento de la gobernabilidad democrática a nivel municipal,
está dada por la participación política y fiscal de los ciudadanos en la
gestión pública de sus comunidades”. Así se aseguraría el financiamiento por
la vía de la recaudación tributaria de ingresos propios municipales, al mismo
tiempo que la comunidad sea la que aporte a la construcción del nuevo modelo de
desarrollo que se gesta en Venezuela.
De lo que se trata es de alcanzar una corresponsabilidad consciente
entre gobernantes y gobernados de la comunidad, en lo que respecta a los costos
y beneficios que representa una buena administración tributaria en el
municipio, en tanto debe elevar la calidad de vida de todos los ciudadanos del
territorio.
Así como desde ya hace algunos años se ha venido
desarrollando una fuerte campaña publicitaria hacia el pago del impuesto sobre
la renta, el ex Superintendente de la Administración Tributaria Municipal del
Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital (SUMAT) Merino (2007),
señaló que lo mismo debe corresponder para cumplir con los impuestos
municipales, los cuales tienen como finalidad desarrollar programas que les
permita a los ciudadanos disfrutar de una mejor calidad de vida. Asimismo,
recalcó que la intención de este tipo de planes es reforzar en los
contribuyentes su deber ciudadano consciente, sobre los impuestos municipales.
A esto sería conveniente agregar lo afirmado por el
primer mandatario nacional, cuando señaló que todos “los ciudadanos y
ciudadanas y los organismos gubernamentales del país tienen el deber de
contribuir con las administraciones tributarias de todos los niveles para que
estas cumplan con sus objetivos y aporten a los presupuestos, tanto nacional
como estadal y municipal lo suficiente para cubrir el gasto social y promover
proyectos de desarrollo económico y social” (Chávez, 2007).